Mucho se habla de la reforma laboral llevada a cabo en 2012, sus defensores hablan de ella como una reforma moderna y necesaria, mientras que sus detractores la critican y piden derogarla, pero, ¿Qué cambios supone la reforma laboral llevada a cabo en 2012?
Esta reforma introdujo sensibles modificaciones en ámbitos como la regulación laboral (negociación colectiva y coste de despido). Se pueden sintetizar los aspectos fundamentales en los siguientes:
- Estructura de negociación colectiva.
En el estatuto de los trabajadores de 1980 se aprobó la negociación colectiva de nivel intermedio, se pactaban los convenios por sectores. En cuanto a los sindicatos, estos apenas representan al 20% de los trabajadores al no haber incentivos para afiliarse ya que estos cubren los intereses de los no afiliados. Aun así han gozado de una notable fuerza negociadora.
La reforma de 2012 introdujo cambios en la negociación colectiva con el objetivo de aumentar la flexibilidad interna y reducir la rigidez de salarios. Facilitó la descentralización de la negociación al otorgar fuerza los convenios de empresa.
B. Regulación del despido.
En España estaba vigente una regulación por despido muy rigurosa, con muchas restricciones y un coste total superior al de la mayoría de países europeos. Esto ha provocado que las empresas apostasen por los contratos temporales, que se veían favorecidos por unos costes de finalización mínimos y gran permisividad en su uso. Este hecho derivó en el problema de la dualidad. Los trabajadores fijos aumentaron su seguridad en el empleo y reforzó su papel negociador.
Las reformas anteriores a la de 2012 fueron modestas y solo actuaron ampliando y definiendo con mayor claridad las causas económicas y productivas que pueden justificar legalmente el despido y, redujeron sus costes de tramitación.
No es hasta la Reforma de 2012 donde se introdujeron cambios importantes en las indemnizaciones a cobrar por el trabajador, facilitó el uso de despido por causas económicas, redujo la indemnización por despido improcedente y eliminó la necesidad de autorización administrativa para los expedientes de regulación de empleo. Estas medidas también simplificaron las dificultades legales del despido y, facilitaron la creación y destrucción de empleo. Los beneficios de esta medida se han visto en el aumento del empleo creado con la recuperación económica.
C. Modalidades de contratación.
A principio de los ochenta la lay laboral vigente tenia como principal problema el elevado coste de despido, lo que a su vez repercutía en la contratación. En la reforma de 1984 se flexibilizó las formas contractuales, apareciendo así el contrato temporal, el contrato en prácticas y el contrato de formación. Está reforma trajo consigo la dualidad y la excesiva temporalidad que llegó a alcanzar el 35%. La reforma de 2012 apenas llevó cambios sustanciales en este aspecto. Durante la crisis la tasa de temporalidad bajó pero tras la recuperación se han vuelto a alcanzar elevadas tasas.
D. Intermediación del mercado de trabajo.
La reforma con más calado en este aspecto fue la de 1994, que introdujo la posibilidad de que empresas privadas funcionasen como intermediarios en la colocación de trabajadores, terminando así con el monopolio del actual SEPE, que ha pasado a centrar su actividad en la gestión y control de prestaciones sociales.
En 1994 también se aprobaron las empresas de trabajo temporal y, en 2012 se aprobó que pudieran actuar como agencias de colocación en colaboración con el SEPE.
E. Prestaciones por desempleo.
En 1992 se reformó la regulación de prestaciones por desempleo que eran muy generosas en comparación con otros países. El fuerte gasto, el elevado número de parados y los efectos negativos que tienen estas ayudas en el proceso de búsqueda de empleo condujeron a restringir el acceso, la cuantía y la duración de las prestaciones. Esta reforma se completó con la exención del pago del IRPF por parte de los parados. En 2012, la reforma solo trajo la reducción de la prestación a partir del sexto mes, para equipararla con la media de los países europeos.
F. Políticas activas de mercado de trabajo.
Las políticas activas de mercado de trabajo pueden ser políticas activas o pasivas, las activas incentivan la búsqueda de empleo y las pasivas paliar la pérdida de ingresos de los desempleados.
En España el aumento del paro tras la crisis ha provocado que no se pueda destinar mucho dinero a este tipo de políticas. Estas políticas son muy importantes ya que forman y asesoran a los trabajadores y les facilitan su reinserción laboral. La reforma de 2012 no trajo consigo ningún cambió, en cambio, en 2014 sí se introdujeron una serie de medidas para potenciar estas políticas.
En conclusión, la reforma de 2012 supone un cambio en profundidad del marco institucional del mercado de trabajo, orientado a flexibilizar el empleo, reducir rigidez de salarios, permitir la actuación de agencias privadas de colocación y reformar las políticas activas para mejorar la transición del paro al empleo.